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¿Me conviene la portabilidad financiera hipotecaria? Te presentamos el Paso a Paso

Desde que entró en vigencia la ley de Portabilidad Financiera, miles han sido los chilenos que cambiaron de institución bancaria mejorando los costos finales de sus créditos hipotecarios. Acá te presentamos el paso a paso, elaborado por el SERNAC, para una correcta evaluación de la portabilidad de tu crédito hipotecario.

Paso 1: Solicitud de portabilidad

Para iniciar el proceso de portabilidad, los consumidores podrán formular, presencialmente o a través del sitio electrónico del proveedor financiero de su interés, una “solicitud de oferta de portabilidad”.

Para ello, los consumidores deberán llenar un formulario donde especificarán, entre otros datos, los productos o servicios financieros que el cliente mantiene vigentes con su institución financiera actual y que tiene la intención de portar.

Además, el cliente deberá especificar los productos que desea contratar con la nueva institución. Por ejemplo, la contratación de un crédito hipotecario.

Los consumidores pueden efectuar solicitudes de portabilidad a diferentes proveedores, lo que les permitirá comparar y seleccionar la mejor oferta financiera. El SERNAC recomienda solicitar ofertas de portabilidad en a lo menos tres instituciones financieras.

Paso 2: Recopilación de antecedentes y evaluación de la solicitud

La institución que reciba la solicitud de portabilidad podrá solicitar nuevos antecedentes al consumidor para evaluar y, adicionalmente, requerirá directamente a la institución financiera original, los certificados necesarios para formular una oferta de portabilidad al consumidor, entre ellos, el certificado de liquidación y/o de pago de impuesto de timbres y estampillas.

La ley ordena a las instituciones financieras reportar al SERNAC y al consumidor los incumplimientos en que incurra otra institución financiera respecto del plazo y forma de emisión de estos certificados.


Oferta de Portabilidad
En este sentido, el Servicio emitió una Circular Interpretativa, donde se establecen los estándares que deben seguir las empresas para dar cumplimiento a esta exigencia.

La solicitud de portabilidad sólo podrá ser rechazada por parte de una institución financiera en base a condiciones objetivas que son determinadas por el reglamento. Una vez aprobada la solicitud, la institución financiera formulará una “Oferta de Portabilidad”.

Paso 3: Oferta de Portabilidad

El reglamento de la Ley de Portabilidad Financiera crea un formato de oferta de portabilidad estandarizado, que servirá al consumidor para comparar las características de su producto financiero vigente y de aquel que le oferta la nueva empresa.

La oferta de portabilidad tendrá una vigencia de, a lo menos, 7 días hábiles bancarios desde su emisión para que el consumidor la acepte. Una vez aceptada por el consumidor, las condiciones de la oferta, tales como la tasa de interés, se deberán mantener hasta la celebración del contrato.

Paso 4: Aceptación de la Oferta y mandato para el cierre de productos con la institución inicial

El consumidor podrá aceptar la oferta, en forma física o digital, a través del canal que la entidad financiera haya indicado en la oferta.

Con la aceptación de la oferta, el consumidor otorga a la nueva institución un mandato para pagar y poner término a los productos financieros con la empresa financiera original.

Este mandato facultará a la nueva institución financiera para realizar todos los pagos, comunicaciones o requerimientos correspondientes, en nombre y representación del cliente.

El consumidor podrá arrepentirse de su aceptación inicial en cualquier momento previo a la celebración del contrato respectivo.

Si los productos financieros que serán objeto de cierre contaren con saldos a favor del cliente, el proveedor inicial deberá entregarle dichos saldos dentro del plazo de tres días hábiles bancarios, contados desde el cierre del producto.

Adicionalmente, la Ley limita los cobros de notarías y conservadores de bienes raíces por este trámite, lo que se suma a una reciente reducción en los aranceles de los conservadores. Actualmente, para el refinanciamiento de un crédito hipotecario el deudor puede llegar a desembolsar más de $560 mil. Con la portabilidad los costos pueden disminuir más de un 50%.

Cómo portar créditos con garantía real

Para refinanciar créditos con garantía real, como, por ejemplo, créditos hipotecarios o créditos automotrices, hasta antes de la Ley de Portabilidad Financiera se debía alzar la hipoteca y constituir una nueva, lo que generaba altos costos y demoras para los consumidores.

La nueva Ley de Portabilidad Financiera contempla una figura denominada “subrogación especial de créditos”, que en términos simples implica que la nueva institución financiera pase a ser beneficiaria de la garantía del crédito al momento que le paga a la institución inicial, sin necesidad de alzar y constituir una nueva garantía.

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